Scotland’s crannogs older than Stonehenge
El Congreso Nacional aprobó un proyecto de decreto presentado por la Secretaría de Turismo para trasladar el Feriado Morazánico para la primera semana de noviembre para los empleados públicos y de la empresa privada, única y exclusivamente para el año 2020.

Según  el decreto, los feriados del 3,12 y 21 de octubre, como todos los años, se unificarán para gozarlos con fines turísticos en el denominado «Feriado Morazánico» el cual para este año se comenzará a gozar a partir del primer miércoles de noviembre a las 12:00 del mediodía.

En sesión realizada este jueves 17 de septiembre, los diputados aprobaron las decisiones siguientes:
1) Mover el Feriado Morazánico de octubre a la primera semana de noviembre.
2) Pasar  a dos dígitos en la movilidad, a partir del lunes.
3) Pilotaje autorizado en 30 restaurantes en Tegucigalpa y 30 en San Pedro Sula para poder atender a la población manteniendo distanciamiento, quedan exceptos a esta disposición  los bares en restaurantes del pilotaje.
4) Analizar con Sinager los municipios que solicitaron pasar de fase 0 a fase 1 para darle apertura a partir del próximo lunes 21 de septiembre.

De acuerdo a la solicitud  presentada por La Cámara Nacional de Turismo en representación de la empresa privada turística, por única vez, se conceda esta disposición,  con el objetivo de asegurar que el Sector Turismo se encuentre preparado y esté implementando todos los procesos y protocolos de bioseguridad en sus instalaciones para brindar mayor seguridad y proteger la salud de los colaboradores y turistas que se movilicen durante dicho feriado.

A continuación el decreto en su parte toral que entra en vigencia a partir de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta.

DECRETA:
ARTÍCULO 1.- Reformar el Artículo 1 del Decreto No.75-2014 publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” en fecha 29 de septiembre de 2014, Edición No. 33,543, reformado mediante Decreto No.78-2015 publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” en fecha 14 de septiembre de 2015, Edición No. 33,834, el cual se leerá de la siguiente manera.

“ARTÍCULO 1.- Trasladar, con fines turísticos, los feriados correspondientes a las festividades cívicas de los días 3, 12 y 21 de octubre, bajo la denominación de “Semana Morazánica”. A partir del primer miércoles del mes de noviembre del año 2020 para los empleados públicos; y, para los empleados del sector privado los feriados descritos anteriormente iniciarán desde el día miércoles a las doce meridiano (12 M.), hasta el sábado a las doce meridiano (12 M.).”

ARTÍCULO 2.- La presente Reforma es de aplicación exclusiva para el año 2020, entendiéndose que para los años sub siguientes se mantiene lo establecido en el Decreto No.78-2015