Scotland’s crannogs older than Stonehenge
El perjuicio para el Estado hondureño, sería de 140.4 millones de dólares, por la no recuperación de 931 millones de kilovatios por parte de Empresa Energía Honduras (EEH)

La Superintendencia de Alianza Público-Privada (SAPP), luego de analizar técnica y responsablemente el Informe Especial No. MHI-2021-005 para los años 1, 2, 3 y 4, de operación en el país de la Empresa Energía Honduras (EEH), emitido el 18 de febrero del año en curso, por la Empresa Manitoba Hydro International (MHI), responsable de supervisar el desempeño y cumplimiento del contrato de la operadora, estima conveniente establecer la penalización, por incumplimiento de dicho contrato.

En tal sentido, la SAPP como ente regulador y supervisor de los contratos APP, con el objetivo de aclarar al público, señaló, a través de un comunicado; la Clausula Vigésimo Cuarta, numeral 2, párrafo segundo, de las condiciones contractuales, que establece en qué circunstancias se pueden imponer penalizaciones:

“Si derivado del informe de reducción de pérdidas del año de servicios que ha transcurrido, el Inversionista Operador no cumple con los porcentajes de reducción mínimos anuales, así como el acumulado anual de reducción de pérdidas será penalizado con un monto anual equivalente al 25% del valor resultante de multiplicar las Pérdidas Totales de Distribución no reducidas en kilowatt hora, con respecto a la meta anual, por el precio de la tarifa vigente que se aplique al sector residencial, sin cargo de demanda, para usuarios conectados en baja tensión de la distribuidora.”

Además, “Este monto anual, será dividido en 12 pagos y será descontado mensualmente por el Fideicomiso al honorario fijo del inversionista operador”

Todo parece indicar, que después de 4 años de haber iniciado labores en el país, la EEH, no ha cumplido en su totalidad, con lo establecido en el contrato, firmado a mediados de febrero de 2016, y que vence en agosto de 2023, cuyo monto alcanza los 1,300 millones de dólares

Dicho contrato se realizó con el objetivo de mejorar la eficiencia de las actividades operativas y comerciales que desarrolla la Empresa Nacional de Energía eléctrica ENEE, en el área de Distribución.
Los objetivos que debió cumplir EEH, establecidos en el contrato son; reducción de perdidas en el Sistema de Distribución, operación y mantenimiento de este sistema, medición, facturación y cobro de energía vendida, así como la atención al usuario y recuperación de la mora acumulada.

Asimismo, la empresa está obligada a la recaudación por concepto de cobros, creación de base de datos, conexiones de nuevos usuarios, cortes de deudores y de conexiones ilegales, y para aquellos clientes que se han conectado ilegalmente, o con medidor alterado para registrar un consumo menor, realizar todos los ajustes por energía consumida y no facturada, entre otros.

Y es que según, una fuente consultada, la estatal eléctrica, ha manifestado su inconformidad con EEH, pues ellos no cumplen con lo establecido en el contrato, por lo que la ENEE le paga 10.5 millones de dólares mensuales.

El talón de Aquiles de este Consorcio, gira alrededor de la reducción de las perdidas técnicas y no técnicas, que en los primeros años de funcionamiento no lograron regular, ya que para el tercer año de trabajo las perdidas deberían estar en un 21 por ciento, no obstante a la fecha superan el 32%,

Y es que, en la duración del contrato, establecido por 7 años y medio, esta empresa debe reducir las perdidas hasta un 17%, desglosado de la siguiente manera, en el primer año un 4%, en el segundo 3%, en el tercer año 3%, cuarto año 3%, en el quinto 2%, y 1% en el sexto y séptimo año, respectivamente.

Otro punto álgido que se destaca es el referente a la recuperación de la mora acumulada, la cual supera los 11 mil millones de lempiras.

Además, de los anteriores puntos no cumplidos por esta entidad, también figuran otros que no son menos importantes, y que por su naturaleza, son los usuarios del servicio de energía eléctrica, los que manifiestan su inconformidad con esta institución, como por ejemplo; las constantes interrupciones de energía, cobros irregulares, aplicación de promedios en las facturas y lentitud en la respuesta al usuario, cuando éste reporta alguna falla, entre otros.

“La Superintendencia de Alianza Público-Privada (SAPP), actúa totalmente apegado a Ley, sí EEH no está de acuerdo con la penalización, entonces que proceda a las instancias correspondientes en señal que se les está garantizando la seguridad jurídica y el debido proceso” Leo Castellón.

Solo para el proyecto de recuperación de perdidas técnicas y no técnicas en el Sistema de Distribución, durante los siete años que durará el contrato, para la reducción del 17%, EEH cobrará casi 360 millones de dólares.